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La tasa de alcoholemia ¿Cuándo es falta administrativa?

Estudiamos en este artículo cuando superar la tasa de alcoholemia supone una falta administrativa.

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En este artículo queremos analizar cuáles son las consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, en nuestra finalidad de dar información de utilidad en este caso, para los conductores.

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Infracción administrativa en positivo por alcoholemia

La primera idea importante es que conducir con un nivel de alcohol en la sangre superior al permitido puede ser sancionado con una infracción administrativa. En vía administrativa tenemos que conocer los siguientes aspectos importantes, somos Abogados Especialistas en Alcoholemias:

  1. Cuando un conductor ha ingerido alcohol en pocas cantidades y al realizar la prueba supera la tasa permitida que dispone la Ley de Seguridad Vial, es decir de 0,50 mg/l en aire espirado, (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.30 mg/l), será sancionado con multa de hasta 1.000 euros y la retirada de hasta 6 puntos.
  2. Conducir con valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.15 hasta 0.30 mg/l), será sancionado con la multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos.
  3. Se impondrá una sanción de 1.000 euros en el supuesto de que el conductor ya hubiera sido sancionado el año inmediatamente anterior.

Como ya indicamos en derechos y obligaciones ante un control de alcoholemia y estupefacientes, tenemos determinados derechos como conductores: solicitar la prueba dos veces con un intermedio de tiempo de al menos 10 minutos, y si no estamos conformes con los resultados obtenidos, podemos solicitar un análisis de sangre, que si son positivos, nos hará correr con los gastos correspondientes.